Nueva normativa de Prevención de Riesgos Laborales para el Servicio del Hogar. Derechos y obligaciones

  • Isabel Castilla es graduada social y asesora jurídica laboral en Blegal, con más de 30 años de experiencia en derecho del trabajo y recursos humanos. Especialista en despidos, EREs, inspecciones de trabajo y gestión de nóminas, combina el asesoramiento legal con una sólida visión de RRHH.

Isabel Castilla

Isabel Castilla es graduada social y asesora jurídica laboral en Blegal, con más de 30 años de experiencia en derecho del trabajo y recursos humanos. Especialista en despidos, EREs, inspecciones de trabajo y gestión de nóminas, combina el asesoramiento legal con una sólida visión de RRHH.

Descubre la nueva normativa de Prevención de Riesgos Laborales en el servicio del hogar: obligaciones para empleadores, protección de trabajadores y cómo garantizar un entorno seguro.

Tabla de contenidos

En mayo de 2025 se publicó oficialmente la nueva normativa en materia de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) en el ámbito del servicio del hogar, que establece derechos para los empleados del hogar y obligaciones claras para los empleadores del Régimen Especial de Empleados de Hogar (REEH).

Esta normativa refuerza la protección de los trabajadores, promoviendo entornos de trabajo seguros, y establece que a partir del 14 de noviembre de 2025 la Inspección de Trabajo puede requerir la documentación de cumplimiento, incluso sin acceder físicamente al domicilio.

Evaluación de riesgos laborales

La evaluación de riesgos laborales es obligatoria para todos los empleadores del REEH. Esta evaluación puede realizarla el propio trabajador, si así lo acuerda con el empleador, utilizando la plantilla oficial incluida en el plan de prevención: https://www.prevencion10.es/.

Recomendaciones clave:

  • Dejar constancia escrita del acuerdo de delegación.
  • Adjuntar la plantilla oficial como anexo al contrato laboral.
  • Conservar el documento en el expediente laboral junto con el resto de la documentación.
  • No es necesario generar cláusulas adicionales: la plantilla oficial garantiza coherencia jurídica.

Recursos adicionales:

Compromiso conjunto de tolerancia cero ante conductas violentas

Además, la normativa establece la obligación de firmar un “Compromiso conjunto de tolerancia cero”, que protege al trabajador frente a cualquier forma de violencia, acoso, maltrato o discriminación dentro de la relación laboral.

Compromisos principales:

  1. Promover una cultura de respeto y diálogo.
  2. No tolerar, justificar ni minimizar actos de violencia o acoso.
  3. Actuar de manera responsable denunciando situaciones de riesgo.
  4. Apoyar a las personas afectadas, ofreciendo contención y orientación.
  5. Fomentar la prevención mediante educación, sensibilización y colaboración.

Este compromiso constituye una declaración ética y legal y forma parte de las medidas de prevención de violencia laboral reconocidas por la legislación vigente.

Archivo y cumplimiento

Toda la documentación generada, incluyendo la evaluación de riesgos y el compromiso de tolerancia cero, debe:

  • Estar archivada correctamente en el expediente laboral.
  • Estar disponible para inspecciones de trabajo o revisiones legales.

Con estos pasos, el empleador asegura el cumplimiento de la normativa vigente, protege a su empleado y garantiza un entorno laboral seguro y respetuoso.

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