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Apoyo fiscal y legal para fundaciones, asociaciones y ONG
Te ayudaremos a profesionalizar tu entidad sin ánimo de lucro con una asesoría para ONGs, fundaciones y asociaciones especializada en el tercer sector.
El tercer sector tiene una misión única. Tu asesoría para ONGs y asociaciones también debería serlo. Acompañamos a asociaciones, fundaciones y entidades no lucrativas en su gestión fiscal, laboral y mercantil, con un conocimiento profundo de sus particularidades: regímenes fiscales especiales, financiación pública, voluntariado y gobierno corporativo.
Para que puedas centrarte en lo que de verdad importa: tu misión.
Nuestros servicios
La fiscalidad del tercer sector tiene sus propias reglas, y dominarlas marca la diferencia. En Blegal acompañamos a asociaciones y fundaciones en la aplicación del régimen especial de la Ley 49/2002, en la gestión rigurosa de sus obligaciones tributarias y en una planificación fiscal sólida y adaptada a su realidad. Porque una entidad bien asesorada es una entidad más fuerte.
Somos expertos en las situaciones específicas que afectan a este sector:
Las entidades del tercer sector gestionan personas de una forma que no tiene parangón en ningún otro sector: trabajadores contratados, voluntarios, convenios específicos y una realidad organizativa que exige una asesoría laboral a medida.
En Blegal cubrimos todo el ciclo: desde la contratación y la aplicación del convenio colectivo de acción social, hasta la gestión de nóminas y Seguridad Social, el régimen jurídico del voluntariado, y cuando es necesario, la gestión de ERTEs y extinciones de contrato. Con rigor, experiencia y pleno conocimiento de las particularidades de tu entidad.
Gestionamos tus obligaciones mercantiles y legales. Te apoyamos en la elaboración de planes de actuación y en el cumplimiento normativo ante el Protectorado y el Registro de Asociaciones y Fundaciones.
Blegal acumula más de una década de experiencia especializada en la asesoría para el tercer sector. Una trayectoria que se traduce en seguridad para tu entidad, en cada decisión fiscal, laboral y mercantil.
En Blegal prestamos un servicio de asesoramiento y consultoría laboral, contable y fiscal especializado en el tercer sector. Abarcamos una amplia variedad de entidades sin ánimo de lucro: fundaciones, asociaciones, ONGs de ámbito nacional e internacional, entidades declaradas de utilidad pública, federaciones y confederaciones, asociaciones de vecinos, entidades religiosas y organizaciones acogidas al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002. Contamos con más de 25 años en asesoramiento a entidades no lucrativas y defensa tributaria y legal. Somos la gestoría para fundaciones y asociaciones que entiende tu misión.
Atención prioritaria ante inspecciones de Trabajo, ERTEs y situaciones críticas. Tu asesor de referencia estará disponible para darte respuesta en el menor tiempo posible en días laborables.
Trabajamos con clientes en toda España de forma completamente online. Reuniones por videollamada, documentación segura.
Una entidad de nueva creación tenía dudas sobre si debía aplicar el Convenio de Acción e Intervención Social, el de servicios sociales autonómico, o el de la actividad concreta que desarrolla. Aplicar el convenio incorrecto puede traducirse en sanciones graves de la TGSS. El III Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social 2026-2029, publicado en el BOE el 27 de febrero de 2026, es de aplicación a todas las asociaciones, fundaciones y entidades cuya actividad principal sea la intervención social. En el caso de nuestro cliente, cuyo objeto era la investigación, determinamos que ese convenio no era de aplicación obligatoria, evitando una regularización costosa.
La aplicación de Verifactu en entidades con actividad mixta es una de las dudas más habituales ante la próxima entrada en vigor de esta normativa. En el caso que nos ocupa, la asociación estaba dada de alta en IVA y resultaba afectada por Verifactu. La ayudamos a encontrar e implementar el programa de facturación más adecuado a sus necesidades y volumen, cumpliendo con la normativa sin sobrecargar sus recursos administrativos.
Asesoramos a una ONG de ámbito internacional con numerosos voluntarios y un movimiento constante de gastos, viajes y reembolsos. Establecimos: políticas claras y criterios objetivos para el registro y reembolso de dietas a voluntarios; redacción del Acuerdo de Voluntariado; y definición de los roles y puestos que debían estar en régimen general con alta en Seguridad Social. La existencia de políticas claras dentro del marco legal eliminó riesgos de sanciones ante la AEAT, la TGSS y posibles problemas para los voluntarios en su declaración de renta.
Las asociaciones sin ánimo de lucro están sujetas al Impuesto de Sociedades, aunque pueden tributar al tipo reducido del 10% si se acogen al régimen especial de la Ley 49/2002. También pueden tener obligaciones de IVA si realizan actividades económicas sujetas. Las rentas exentas incluyen cuotas de socios, subvenciones para actividades no empresariales y donativos. Las asociaciones no acogidas a la Ley 49/2002 tributan al tipo general del 25% por las rentas no exentas.
La Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo es el marco legal que permite a fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública y ONGs acceder a un régimen fiscal privilegiado: tipo reducido del 10% en el IS, exención de determinadas rentas, y la posibilidad de emitir certificados de donación que permiten a los donantes deducirse hasta el 80% de los primeros 250 € donados y el 40% del resto en su IRPF. Acogerse a este régimen requiere cumplir requisitos específicos que analizamos contigo.
La contabilización de subvenciones en entidades sin ánimo de lucro sigue el Plan General Contable adaptado al sector no lucrativo (Real Decreto 1491/2011). Las subvenciones de capital se imputan a resultados de forma correlacionada con la amortización del bien financiado. Las subvenciones corrientes se reconocen como ingreso en el ejercicio en que se cumplen las condiciones. Las subvenciones plurianuales exigen periodificación. Un tratamiento incorrecto puede generar contingencias en auditorías de fondos públicos.
Depende de la actividad principal de la entidad. El III Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social (publicado en el BOE el 27/02/2026, vigente 2026-2029) se aplica a asociaciones y fundaciones cuya actividad principal sea la intervención social. Si la entidad se dedica a educación, investigación u otras áreas, puede aplicar un convenio sectorial diferente o el Estatuto de los Trabajadores. La elección incorrecta del convenio es una de las causas más frecuentes de sanción en inspecciones de trabajo en el tercer sector.
Depende de su actividad. Si la entidad solo realiza actividades exentas de IVA (como servicios educativos o asistenciales reconocidos) o no realiza actividad económica, puede no estar obligada a presentar declaraciones de IVA. Sin embargo, si realiza actividades sujetas (venta de productos, eventos con precio de entrada, etc.) o actividades mixtas (exentas y no exentas), debe aplicar la regla de prorrata. Analizamos cada caso para determinar las obligaciones concretas de tu entidad.
Los reembolsos de gastos reales acreditados (transporte, alojamiento, manutención) a voluntarios están exentos de IRPF y de cotización a la Seguridad Social, siempre que se documenten correctamente y se ajusten a los límites legales. Si los importes superan los límites o no se justifican adecuadamente, pueden clasificarse como retribución en especie, con consecuencias fiscales para el voluntario. Es esencial establecer una política de gastos clara y un sistema de registro adecuado.
Verifactu es el sistema de facturación verificable que implanta la AEAT para garantizar la integridad de los registros de facturación. La obligación de usar software homologado Verifactu afecta a empresas y autónomos que emitan facturas sujetas a IVA. Las asociaciones y fundaciones están afectadas si realizan actividades económicas sujetas a IVA. Si tu entidad no tiene obligación de emitir facturas (solo recibe subvenciones y cuotas de socios exentas), puede no estar afectada. Analizamos tu caso concreto.
Una asociación es una agrupación voluntaria de personas que se unen para perseguir un fin común, gestionada por sus propios socios. Una fundación es una organización constituida para destinar un patrimonio de forma duradera a fines de interés general, bajo supervisión del Protectorado. Las fundaciones tienen mayor complejidad de gobierno (patronato) y más obligaciones ante el Protectorado, pero también mayor acceso al régimen de la Ley 49/2002 y mayor credibilidad ante donantes institucionales.
Una asesoría integral para ONGs, fundaciones y asociaciones cubre: gestión fiscal (IS, IVA, retenciones, Ley 49/2002), laboral (contratos, nóminas, convenio de acción social, voluntariado), jurídica y mercantil (estatutos, Protectorado, planes de actuación) y contabilidad adaptada al Plan General Contable del Sector No Lucrativo. En Blegal añadimos asesoramiento proactivo en auditorías de fondos y acompañamiento en cambios normativos que afectan al sector.
El coste varía según el tamaño de la entidad, el número de trabajadores, el volumen de subvenciones y los servicios contratados. Para asociaciones pequeñas con pocos empleados, el coste mensual puede oscilar entre 120 y 300 €. Para fundaciones o entidades con mayor complejidad fiscal y laboral, el precio se adapta al volumen real. Solicítanos un presupuesto personalizado sin compromiso.
La fiscalidad del tercer sector (Ley 49/2002, prorrata de IVA en actividades mixtas, contabilidad de subvenciones, convenio de acción social) requiere un conocimiento especializado que una gestoría generalista no siempre tiene. Los errores en este ámbito pueden llevar a la pérdida del régimen fiscal especial, sanciones de Hacienda o contingencias en auditorías de fondos públicos. La especialización se traduce directamente en seguridad para tu entidad.
Una auditoría de fondos públicos (subvenciones de administraciones, fondos europeos) revisa que los gastos imputados se ajusten a las bases de la convocatoria y estén debidamente justificados y contabilizados. Preparamos la documentación contable, revisamos la elegibilidad de los gastos, verificamos el cumplimiento de la normativa de contratación pública aplicable y te acompañamos durante el proceso de auditoría para minimizar el riesgo de reintegro.
Sí. Es una de las particularidades del tercer sector que mejor conocemos. Gestionamos los contratos laborales y nóminas de los empleados según el convenio aplicable, y asesoramos en la correcta formalización de los acuerdos de voluntariado conforme a la Ley del Voluntariado, incluyendo el tratamiento de dietas, seguros y gastos.
Sí. Nos encargamos del cumplimiento de las obligaciones periódicas ante el Protectorado de Fundaciones (planes de actuación, cuentas anuales, modificaciones estatutarias) y del Registro de Asociaciones. También asesoramos en procesos de declaración de utilidad pública, que abre la puerta al régimen fiscal de la Ley 49/2002.
Sí. Desde asociaciones de vecinos con actividad ocasional hasta fundaciones con decenas de empleados y financiación internacional. Adaptamos el servicio al tamaño y las necesidades reales de cada entidad.
Sí. Asesoramos en la elección de la forma jurídica más adecuada, redactamos los estatutos ajustados a tus necesidades y objetivos, y realizamos el seguimiento completo del expediente de inscripción hasta su resolución. También asesoramos en el proceso de declaración de utilidad pública.
Para el traspaso inicial necesitamos: NIF de la entidad, documentación de alta en Hacienda y Seguridad Social, últimas declaraciones fiscales presentadas, contratos y nóminas actuales, cuentas anuales del último ejercicio y estatutos vigentes. Nuestro equipo te acompaña en el proceso de traspaso desde tu asesoría actual.
Muy sencillo. Solo tienes que contactarnos y contarnos la situación de tu entidad. Analizamos tu caso, identificamos riesgos y oportunidades, y te presentamos un presupuesto personalizado sin ningún tipo de compromiso.
Sí. Trabajamos de forma 100% digital con entidades en toda España. Utilizamos plataformas seguras para el intercambio de documentación y ofrecemos reuniones por videollamada. La distancia no es un obstáculo para recibir un servicio especializado en tercer sector.
Sí. Asesoramos a ONGs con proyectos financiados por fondos europeos (FEDER, FSE+, Horizonte Europa) y convocatorias internacionales. Conocemos los requisitos de justificación, elegibilidad de gastos y auditoría de estos programas, y ayudamos a establecer sistemas de control interno adecuados.
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