Facturar sin ser autónomo

  • Julia Fargas Esteve

    Julia Fargas es COO de Blegal Barcelona, donde lleva casi 9 años liderando operaciones y la transformación digital del despacho. MBA por ESADE, tiene una larga trayectoria en gestión empresarial, optimización de procesos y estrategia de negocio.

Julia Fargas Esteve

Julia Fargas es COO de Blegal Barcelona, donde lleva casi 9 años liderando operaciones y la transformación digital del despacho. MBA por ESADE, tiene una larga trayectoria en gestión empresarial, optimización de procesos y estrategia de negocio.

¿Es posible facturar sin ser autónomo? Si, por ejemplo por algún tipo de servicio esporádico que hayas desarrollado por tu propia cuenta. Pero debes cumplir ciertos requisitos que recopilamos en este artículo.

Tabla de contenidos

facturar sin ser autonomos

Por norma general existen dos grandes cualidades que permiten determinan si podemos hacer una actividad económica y facturar sin estar dado de alta como autónomo. 

  1. La actividad económica NO es habitual.
  2. La actividad económica no genera ingresos superiores al salario mínimo interprofesional.

Es importante aclarar que no hay ninguna norma que explicite esto, sino que es un vacío normativo que se genera por los requisitos de cuando SÍ que debemos darnos de alta como autónomo. 

En España, es factible generar facturas sin necesidad de ser autónomo, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. Sin embargo, esto no implica una vía libre sin restricciones. ¿Significa esto que no es necesario inscribirse como trabajador autónomo? Aquí es donde debemos ser más cautelosos.

Además, no existen definiciones claras sobre “habitualidad”; la Agencia Tributaria no distingue a priori entre quien cada trimestre, al margen de su actividad profesional regular, hace de profesor visitante en una universidad y percibe un importe por ello y quien se dedica a dar clases cada semana como actividad principal. Ambas son actividades regulares, pero con distinta periodicidad. 

Estas cuestiones suelen ser una fuente de confusión para aquellos que están considerando emitir facturas por sus servicios sin querer adquirir la condición de trabajador autónomo. En este artículo, abordaremos estas cuestiones para proporcionarte una comprensión precisa de cuándo es posible y cuándo no es factible facturar sin ser autónomo, como siempre nuestra recomendación es contactar con nuestro equipo que podrá valorar tu caso y darte la respuesta definitiva.

Darse de alta como autónomo en la TGSS 

Si vas a iniciar una nueva actividad económica como actividad principal, es evidente que nos era esporádica y que la intención es ganar más que SMI, en cuyo caso no hay discusión posible, deberán hacer el trámite de darte de alta como autónomo.  El proceso es sencillo y si es la primera vez o hace más de 2 años que no estás como autónomo puedes acogerte a la tarifa plana.

Nosotros podemos tramitar el alta ante Hacienda, Tesorería y asegurarnos de que sabes emitir las facturas correctamente y que gastos son deducibles. Así estarás seguro de que cumples con todas las obligaciones. 

Requisitos para facturar sin darse de alta de autónomo

Si decides no darte de alta en el régimen de autónomo de momento, hay una gestión de la que no podrás librarte, el alta ante Hacienda. 

Hoy en día el grado de informatización y la limitación a los pagos en efectivo hace que sea prácticamente imposible emitir facturas de ingresos y cobrarlas sin que Hacienda lo vea, es por eso que es imprescindible tramitar un alta en Hacienda a través de los modelos 036 y 037 indicando la actividad por la que vamos a facturar. 

Esta alta puede ser puntual, es decir, podemos darnos de baja en cuanto esa actividad haya terminado y hayamos emitido las facturas, no es necesario mantenerla un periodo de tiempo. Las obligaciones que deriven de esta alta serán distintos modelos a presentar con los que como asesores de empresa podemos ayudarte. 

En resumen, deberás cumplir estos tres requisitos para poder facturar sin darte de alta como autónomo en la Seguridad Social.

1. Alta en Actividades Económicas (Hacienda): Antes de emitir cualquier tipo de factura, es imperativo realizar el registro en las Actividades Económicas a través de Hacienda. Este proceso requiere completar y presentar el Modelo 036 o el Modelo 037. Es esencial distinguir esta inscripción de la obligatoria para autónomos, conocida como RETA.

2. Actividad Esporádica: Uno de los requisitos fundamentales para cumplir con las normativas de Hacienda es que estas facturas no pueden constituir tu principal fuente de ingresos ni ser recurrentes. Si esto ocurriera, el sistema lo detectaría y podría resultar en sanciones económicas.

3. No Exceder el Salario Mínimo Interprofesional (SMI): Aunque no es un requisito estricto, es una consideración favorable. Si, en algún momento, la Seguridad Social exige que te des de alta como autónomo debido a facturaciones sin cumplir este requisito, pero tus ingresos no superan el SMI (1.000 € brutos al mes o 14.000 € anuales), los tribunales pueden fallar a tu favor al apelar la sentencia. Cabe destacar que esto es aplicable en casos específicos y no necesariamente en todos.

Cumplo los requisitos, ¿cómo debo empezar a facturar sin ser autónomo?

Después de hacer el registro en Hacienda utilizando el Modelo 036 o el Modelo 037 estarás habilitado para comenzar a emitir facturas.

La ausencia de la condición de autónomo no exime de responsabilidades fiscales. Tus clientes potenciales deberán informar todas las facturas a Hacienda, lo que implica un cruce de datos para verificar la correcta declaración de impuestos y facturación.

En este sentido, es esencial agregar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en las facturas, siempre que sea aplicable a la actividad que desarrollas y presentar los impuestos al efecto.

Si te afecta, también deberás aplicar el porcentaje adecuado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

… Y si factura otra persona conocida que ya está dada de alta de autónomo por otra cosa?

Hecha la ley hecha la trampa. Como asesores sabemos que son más las veces que estos trucos salen mal que bien, pero entendemos que la tentación existe. La realidad es que la AEAT hace un trabajo impecable al cruzar datos y cada vez más, el uso de las tecnologías de la información permite detectar prácticas fraudulentas. 

Desde dar de alta al cónyuge para “repartir” ingresos y tener un tipo gravamen más bajo en la renta, al uso de “cooperativas de facturación” hay siempre una competición entre la creatividad y picaresca defraudadora y la administración. 

¿Nuestra recomendación? Sentarse con un profesional y comentar cada caso particular. Cuenta con nosotros. 

Para información sobre temas relacionados, visita nuestra página sobre Gestoría Asesoría.

 

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