El Modelo 720 es una declaración informativa que obliga a las personas físicas o jurídicas residentes en España a comunicar a la Agencia Tributaria (AEAT) sus bienes y derechos situados en el extranjero cuando superan ciertos umbrales. Este trámite no es una declaración de impuestos en sí, sino un medio para que Hacienda tenga visibilidad sobre el patrimonio internacional de los contribuyentes y pueda prevenir el fraude fiscal.
¿Qué es el Modelo 720?
El Modelo 720 es una declaración informativa que recoge la existencia y el valor de los bienes y derechos que tengas fuera de España y que deban ser informados a la Agencia Tributaria. Su objetivo principal es aumentar la transparencia fiscal y evitar que activos en el extranjero queden fuera del control tributario español.
¿Quién está obligado a presentarlo?
Debes presentar el Modelo 720 si cumples alguna de estas condiciones y tienes bienes en el extranjero que superan los límites establecidos:
- Eres persona física o jurídica residente fiscal en España.
- Tienes poder de disposición sobre los bienes o derechos, aunque no seas el titular jurídico.
- Actúas como representante, apoderado o beneficiario de los activos situados fuera de España.
- Importante: la obligación aplica también si estás en territorios forales (como País Vasco o Navarra), según sus respectivas normativas.
¿Qué bienes y derechos se declaran?
El Modelo 720 se divide en tres bloques principales de activos. Debes informar de todos los bienes de cada bloque si se supera el umbral correspondiente a 31 de diciembre:
- Cuentas bancarias en el extranjero: Cuentas, depósitos y saldos abiertos en entidades fuera de España. Se indican los saldos a cierre de año y, en algunos casos, el saldo medio del último trimestre.
- Valores, derechos, seguros y rentas: Incluye acciones, fondos de inversión, seguros, rentas vitalicias o temporales, y otros derechos gestionados fuera de España.
- Bienes inmuebles y derechos sobre inmuebles: Propiedades, terrenos o derechos reales sobre bienes situados fuera de España.
¿Cuál es el límite para tener que declarar?
Solo hay obligación de declarar si el valor conjunto de alguno de los grupos supera 50 000 € a 31 de diciembre. Es importante saber que:
- El límite de 50 000 € se aplica por cada bloque de bienes, no se suman los tres grupos entre sí.
- Si en el año anterior ya presentaste el Modelo 720, solo tendrás que volver a hacerlo si alguno de los valores de los bloques aumenta o disminuye en más de 20 000 € respecto al último 720 presentado.
¿Cuándo hay que presentarlo?
La presentación del Modelo 720 normalmente se realiza entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio fiscal que declaras. Es decir:
- Para los bienes del año 2025, el plazo terminaría 31 de marzo de 2026: La presentación se hace telemáticamente a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. ([Agencia Tributaria][2])
¿Qué pasa si no se presenta o se hace mal?
No presentar el Modelo 720 cuando estás obligado puede acarrear sanciones económicas importantes. Aunque algunas multas fueron cuestionadas por el Tribunal de Justicia de la UE por ser desproporcionadas, aún existen consecuencias si se incumple la obligación.
Consejos para evitar errores
- Revisa todos tus activos en el extranjero antes de declarar.
- No te olvides de cuentas que quizás no uses frecuentemente.
- Si ya presentaste el Modelo 720 y detectas errores, puedes presentar una declaración sustitutiva para corregirlos.
- Consulta con un asesor fiscal si tienes dudas sobre cómo valorar o clasificar tus bienes.
No dudes en contactar con nosotros, podemos ayudarte a preparar y presentar esta declaración tributaria sin errores.
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