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Tu centro educativo, en buenas manos
Gestión fiscal, laboral y jurídica especializada para centros educativos en España: colegios concertados, escuelas privadas y academias.
Gestionar un centro educativo va mucho más allá de la enseñanza. Detrás de cada colegio, escuela privada o academia hay obligaciones fiscales, laborales y jurídicas que, bien gestionadas, marcan la diferencia entre un centro que crece con seguridad y uno que improvisa. En Blegal acompañamos a colegios concertados, escuelas privadas y academias con una asesoría para centros educativos integral, especializada y pensada para la realidad del sector.
Nuestros servicios
Los centros educativos tienen un tratamiento fiscal con matices propios: exenciones, regímenes especiales y obligaciones tributarias que varían según la naturaleza jurídica del centro. En Blegal asesoramos en el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales, en la optimización de la carga tributaria y en una planificación que protege la viabilidad económica del centro.
Áreas en las que somos expertos dentro del sector educativo:
Un centro educativo es, ante todo, una organización de personas. Docentes, personal administrativo, auxiliares, monitores de comedor… cada uno con su contrato, su convenio y sus condiciones. En Blegal gestionamos nóminas y Seguridad Social, asesoramos en contratación y aplicación del convenio colectivo de enseñanza privada, y acompañamos al centro en procesos de reestructuración, ERTEs o extinciones de contrato cuando la situación lo requiere.
La base jurídica de un centro educativo debe estar bien construida desde el primer día. En Blegal asesoramos en la constitución y redacción de estatutos del centro, y gestionamos reclamaciones y conflictos con familias, alumnos o terceros cuando surgen. Una cobertura jurídica que da seguridad al equipo directivo y protege al centro frente a cualquier contingencia.
En Blegal llevamos más de una década siendo el respaldo legal y fiscal de organizaciones que no pueden permitirse errores. Conocemos el sector educativo, sus exigencias y su ritmo. Cuando un centro educativo confía en nosotros, no solo gana un asesor: gana un equipo que entiende su realidad y trabaja para que pueda centrarse en lo que mejor sabe hacer, educar.
En Blegal prestamos un servicio de asesoramiento y consultoría laboral, contable, fiscal y jurídica especializado en el sector educativo. Abarcamos una amplia variedad de centros: colegios concertados, escuelas privadas, escuelas infantiles, academias de formación, centros de refuerzo escolar, escuelas de idiomas, escuelas de música y artes, centros de formación profesional y academias online. Contamos con más de 25 años en asesoramiento empresarial y defensa tributaria y legal. Somos la gestoría para centros educativos que entiende tu proyecto.
Atención prioritaria ante inspecciones de Trabajo, ERTEs y situaciones críticas. Tu asesor de referencia estará disponible para darte respuesta en el menor tiempo posible en días laborables.
Trabajamos con clientes en toda España de forma completamente online. Reuniones por videollamada, documentación segura.
Los docentes con jornadas variables necesitan revisión periódica del tipo de retención aplicado. Al aumentar horas de refuerzo, los ingresos anuales proyectados cambian y la retención inicial queda desfasada, pudiendo generar una deuda con Hacienda al hacer la declaración de renta. Instauramos un procedimiento de control periódico con el colegio para detectar y ajustar retenciones ante cambios significativos de jornada, cumpliendo la normativa y evitando sorpresas al personal.
Se analizó el caso específico de una escuela privada cuyos monitores de comedor y personal extraescolar tenían contratos inadecuados a su realidad laboral. Se determinó el tipo de contrato correcto para cada perfil y se realizaron los cambios garantizando los derechos de antigüedad, las vacaciones proporcionales y la cotización correcta a la Seguridad Social, sin generar malestar en la plantilla y aumentando su compromiso con el centro.
Un centro educativo con una amplia gama de servicios y cursos estaba aplicando el IVA de forma incorrecta e indiscriminada, sin distinguir entre servicios reglados (exentos) y actividades no regladas o extraescolares (sujetas). Se estableció un criterio y estrategia claros para el futuro y se regularizó la situación ante la Agencia Tributaria antes de que esta emitiera un requerimiento, evitando sanciones mayores y recargos.
Depende del tipo de servicio. La Ley del IVA (art. 20.Uno.9º y 10º) exime de IVA a la educación de la infancia y la juventud, la enseñanza escolar, universitaria y de posgrado, y la formación y reciclaje profesional, cuando la presten entidades de derecho público o privadas autorizadas. La clave está en que el servicio sea ‘educación’ en sentido estricto y que el centro esté reconocido administrativamente. Los servicios complementarios (comedor, transporte, actividades no regladas) pueden estar sujetos. Analizamos cada actividad de tu centro para determinar el tratamiento correcto.
En general, sí. Las actividades extraescolares (deportes, idiomas, música, teatro, etc.) no forman parte del currículo oficial y no están amparadas por la exención educativa del IVA, por lo que tributan al tipo general del 21%. Sin embargo, si las imparte directamente el centro como parte de su proyecto educativo y no de forma separada o subcontratada, puede haber argumentos para defender la exención en algunos casos. Cada situación requiere un análisis individualizado.
Las subvenciones recibidas por centros educativos pueden tributar de distintas formas según su naturaleza. Las subvenciones de concierto educativo (para financiar plazas concertadas) se consideran contraprestación por servicios y están sujetas a IVA si el servicio está sujeto, o exentas si está exento. Las subvenciones corrientes para cubrir gastos de funcionamiento forman parte de la base imponible del IS. Las subvenciones de capital para inversiones se imputan como ingresos a lo largo de la vida útil del bien. Un tratamiento incorrecto puede generar contingencias fiscales.
Para colegios privados y concertados se aplica el Convenio Colectivo General de Centros de Enseñanza Privada de Régimen General o Enseñanza No Reglada, según el caso. Para las academias de idiomas o formación no reglada puede aplicar el Convenio de Enseñanza No Reglada. Existen también convenios autonómicos que pueden complementar o mejorar el estatal. La correcta identificación del convenio aplicable es fundamental para evitar reclamaciones de los trabajadores y sanciones de la Inspección de Trabajo.
En centros educativos privados los docentes pueden contratarse mediante: contrato indefinido ordinario, contrato fijo-discontinuo (para centros con actividad estacional), contrato de duración determinada por sustitución (interinidad) cuando cubren a un trabajador con reserva de puesto, o contrato por circunstancias de la producción para necesidades puntuales. La reforma laboral de 2022 limitó los contratos temporales; usar contratos de duración determinada de forma fraudulenta puede derivar en la conversión automática en indefinidos y en sanciones.
El certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales acredita que una persona no tiene antecedentes por delitos sexuales. Desde la Ley Orgánica 1/1996 y su reforma por la LO 8/2021 de protección integral a la infancia, es OBLIGATORIO para toda persona que trabaje en contacto habitual con menores: docentes, monitores, personal de comedor, auxiliares, etc. Los centros educativos son responsables de recabarlo antes de la incorporación y de renovarlo periódicamente. El incumplimiento puede conllevar responsabilidad penal y administrativa para el centro.
Una Sociedad Limitada es la opción más habitual para academias y escuelas privadas con ánimo de lucro: ofrece flexibilidad, limita la responsabilidad y permite una gestión eficiente. Una fundación o asociación sin ánimo de lucro puede acceder a subvenciones públicas, bonificaciones fiscales y tiene mejor imagen ante las administraciones, pero implica más obligaciones de transparencia y gobierno. La elección depende de si el centro tiene vocación lucrativa, sus fuentes de financiación y su modelo de gestión.
Sí. Los centros educativos sin ánimo de lucro acogidos a la Ley 49/2002 pueden beneficiarse de un tipo reducido del 10% en el IS y de exenciones sobre determinadas rentas. Los centros concertados tienen tratamiento fiscal específico en cuanto a las subvenciones de concierto. Además, las inversiones en instalaciones educativas pueden beneficiarse de deducciones en el IS y de bonificaciones en el ICIO municipal. Analizamos el régimen óptimo para cada tipo de centro.
Una asesoría integral para centros educativos cubre: gestión fiscal (IVA, IS, IRPF, subvenciones), laboral (contratos docentes, nóminas, convenio enseñanza, certificado de delincuentes sexuales, planes de igualdad), jurídica (constitución, estatutos, reclamaciones de familias, contratos con proveedores) y contabilidad. En Blegal añadimos acompañamiento proactivo ante cambios normativos que afectan al sector y representación ante inspecciones y administraciones.
El coste varía según el número de empleados, el volumen de facturación y los servicios contratados. Para una academia pequeña o un centro con pocos empleados, el coste mensual puede oscilar entre 100 y 300 €. Para un colegio concertado con plantilla completa y gestión de subvenciones, el precio se adapta al volumen real. Solicítanos un presupuesto personalizado sin compromiso.
Una asesoría generalista desconoce las particularidades de la exención de IVA en servicios educativos, el convenio colectivo de enseñanza privada, la obligatoriedad del certificado de delincuentes sexuales, la tributación de subvenciones de concierto o los contratos específicos del sector. Un error en cualquiera de estos ámbitos puede generar sanciones de Hacienda, reclamaciones laborales o responsabilidades jurídicas. La especialización no es un lujo, es una garantía.
Los monitores de comedor y el personal extraescolar presentan una casuística laboral compleja: jornadas reducidas, actividad estacional, posible consideración como fijo-discontinuo si se repite cada curso, y la necesidad del certificado negativo de delincuentes sexuales. El tipo de contrato correcto depende de si la relación es continuada, puntual o estacional. Analizamos cada perfil para determinar el contrato adecuado y evitar que una contratación incorrecta derive en conversión a indefinido o en reclamaciones.
Sí. Gestionamos reclamaciones de familias ante el centro (incidentes, sanciones disciplinarias, expedientes académicos) y, si escalan, ante la Administración educativa o los tribunales. Asesoramos al equipo directivo en cómo responder correctamente, qué documentación conservar y cómo minimizar el riesgo reputacional y legal del centro.
Sí. Los centros educativos con 50 o más empleados están obligados a elaborar y registrar un Plan de Igualdad. Realizamos el diagnóstico de situación, elaboramos el plan, lo negociamos con la representación legal de los trabajadores y lo inscribimos en el registro correspondiente. También asesoramos en el protocolo de prevención del acoso sexual y por razón de sexo, obligatorio para todos los centros independientemente de su tamaño.
Sí. Tenemos experiencia con todo el espectro del sector educativo privado: colegios concertados con financiación pública, escuelas privadas sin concierto, academias de idiomas, centros de formación profesional privada, escuelas de música y centros de educación especial privados.
Sí. Asesoramos en la elección de la forma jurídica más adecuada (SL, fundación, cooperativa), la redacción de estatutos, los trámites de constitución, la obtención de la autorización administrativa como centro educativo, el alta en Hacienda y Seguridad Social, y la contratación del primer personal. Acompañamos en todo el proceso de apertura.
Para el traspaso necesitamos: NIF del centro, documentación de alta en Hacienda y Seguridad Social, últimas declaraciones fiscales, contratos y nóminas actuales, convenio colectivo aplicado y cualquier requerimiento pendiente de la AEAT o Inspección de Trabajo. Nuestro equipo te guía en el proceso de cambio de asesoría.
Muy sencillo. Solo tienes que contactarnos y contarnos la situación de tu centro. Analizamos los aspectos fiscales, laborales y jurídicos, identificamos riesgos y oportunidades, y te presentamos un presupuesto personalizado sin ningún tipo de compromiso.
Sí. Trabajamos de forma 100% digital con centros educativos en toda España. Conocemos las particularidades de los conciertos educativos autonómicos y las normativas de cada comunidad en materia de autorización de centros y convenios colectivos autonómicos del sector.
Sí. Es la situación habitual en colegios y escuelas privadas. Gestionamos la complejidad de aplicar distintos convenios colectivos a distintos colectivos dentro del mismo centro, con sus diferentes condiciones salariales, jornadas y categorías profesionales. Garantizamos el cumplimiento sin errores en la gestión de cada perfil.
Asesoramos, solucionamos y gestionamos todo tipo de procedimientos fiscales, laborales, mercantiles y legales para empresas y negocios de todos los sectores en toda España.
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