Sociedad Limitada Profesional (SLP)

  • Marta Calatayud es abogada y responsable del departamento jurídico de Blegal, con más de 25 años de experiencia. Especialista en derecho civil, de familia, mercantil y concursal, con amplia trayectoria en litigios, negociaciones y procedimientos de segunda oportunidad.

Marta Calatayud Drets

Marta Calatayud es abogada y responsable del departamento jurídico de Blegal, con más de 25 años de experiencia. Especialista en derecho civil, de familia, mercantil y concursal, con amplia trayectoria en litigios, negociaciones y procedimientos de segunda oportunidad.

La Sociedad Limitada Profesional (SLP) es una forma jurídica diseñada para que profesionales colegiados puedan ejercer su actividad de manera conjunta bajo una estructura societaria con responsabilidad limitada. En este artículo explicamos qué es una SLP, sus principales características, ventajas, requisitos de constitución y su fiscalidad, para ayudarte a valorar si es la opción adecuada para tu actividad profesional.

Tabla de contenidos

Sociedad Limitada Profesional (SLP)

¿Qué es una Sociedad Limitada Profesional?

La Sociedad Limitada Profesional (SLP) es una forma jurídica pensada para que profesionales colegiados puedan ejercer su actividad de manera conjunta bajo la estructura de una sociedad limitada.

Combina las ventajas de una sociedad mercantil, como la responsabilidad limitada al capital aportado, con la prestación de servicios profesionales, garantizando que los socios cumplan con los requisitos legales y colegiales de su profesión.

Esta figura se rige por la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales, que establece las normas específicas para su constitución, funcionamiento y administración. Su objetivo principal es organizar la prestación de servicios profesionales en común, permitiendo una gestión eficiente y una mayor seguridad jurídica frente a los riesgos propios de la actividad profesional.

Principales características:

  • Los socios deben estar debidamente colegiados según la actividad que ejercen.
  • Al menos el 51% del capital social y los derechos de voto deben pertenecer a socios profesionales.
  • La responsabilidad de los socios se limita al capital aportado, salvo casos de negligencia profesional.
  • Puede englobar varias especialidades profesionales, siempre que no sean incompatibles.

Las SLP son comunes en sectores como abogados, médicos, ingenieros, arquitectos y dentistas, entre otros profesionales que requieren colegiación.

Puntos clave

  • Una Sociedad Limitada Profesional (SLP) es una sociedad regulada por la Ley 2/2007, pensada para que profesionales colegiados ejerzan su actividad en conjunto.
  • Al menos el 51% del capital social y los derechos de voto deben pertenecer a socios profesionales colegiados.
  • La responsabilidad se limita al capital aportado, salvo casos de negligencia profesional.
  • Tributa por el Impuesto sobre Sociedades (25%), con acceso a deducciones por I+D, formación e inversión.
  • Debe constituirse ante notario e inscribirse en el Registro Mercantil (con el sufijo S.L.P.) y en el Registro de Sociedades Profesionales del colegio correspondiente.
  • Los socios pueden cobrar vía dividendos, honorarios profesionales o salario, cada uno con su propia retención de IRPF.

Ventajas de una SLP

Formar una SLP ofrece múltiples beneficios:

  1. Responsabilidad limitada: Los socios no responden con su patrimonio personal ante deudas de la sociedad, salvo casos de negligencia o incumplimiento de la normativa profesional.
  2. Imagen y credibilidad profesional: Una sociedad formada por varios profesionales proyecta mayor seriedad y confianza frente a clientes y terceros.
  3. Organización y eficiencia: Facilita la gestión de la actividad profesional y permite una estructura clara de administración y reparto de funciones.
  4. Fiscalidad ventajosa: Las SLP tributan mediante el Impuesto sobre Sociedades (25%), con acceso a deducciones por I+D, formación o inversiones, así como gastos deducibles relacionados con la actividad profesional.
  5. Flexibilidad en el número de socios: No existe un límite mínimo ni máximo de socios; incluso puede constituirse como sociedad unipersonal.
  6. Reparto de gastos y recursos: Compartir recursos como oficinas o equipamiento reduce costes individuales y mejora la operativa del negocio.

Desventajas y limitaciones

Si bien la SLP ofrece ventajas, también tiene ciertos inconvenientes:

  • Trámites y costes de constitución más elevados que una sociedad limitada convencional.
  • Regulación estricta sobre la composición de socios y la relación con el colegio profesional.
  • Responsabilidad profesional: en casos de negligencia, los socios pueden responder con su patrimonio personal.
  • Derecho de tanteo: los socios existentes tienen preferencia en la compra de participaciones, lo que puede dificultar la entrada de nuevos socios.
  • Acceso al crédito: algunos bancos pueden considerar la responsabilidad limitada como una garantía menor para préstamos.

Requisitos para constituir una SLP

Para crear una sociedad limitada profesional se deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. La sociedad debe tener como único objeto el ejercicio conjunto de actividades profesionales.
  2. Los socios deben estar colegiados y poseer la mayoría del capital social y los derechos de voto.
  3. La administración debe estar compuesta en su mayoría por socios profesionales.
  4. La actividad de la sociedad y la denominación deben registrarse en el Registro Mercantil, incluyendo el sufijo S.L.P, y en el Registro de Sociedades Profesionales del Colegio Profesional correspondiente.
  5. Se debe constituir mediante escritura pública ante notario y depositar un capital social mínimo de 1 €.
  6. Se debe dar de alta la sociedad en Hacienda y en el RETA si los socios no están previamente inscritos como autónomos.

El incumplimiento de estos requisitos puede derivar en la disolución automática de la sociedad.

¿Cuándo conviene crear una SLP?

Este tipo de sociedad es recomendable cuando profesionales colegiados desean unirse para ofrecer servicios en común, beneficiándose de:

  • Protección del patrimonio personal.
  • Mayor competitividad y presencia de mercado.
  • Organización interna más eficiente y profesional.
  • Posibilidad de aprovechar ventajas fiscales frente a autónomos.

Fiscalidad de la SLP

  • Tributa mediante Impuesto sobre Sociedades (25%).
  • Puede deducir gastos relacionados con la actividad profesional, incluyendo alquiler, suministros, sueldos y material de oficina.
  • Retenciones a cuenta del IRPF aplicables a socios por dividendos, salarios u honorarios profesionales.
  • Acceso a deducciones por inversión, formación o I+D.

Cómo cobran los socios de una SLP

Los socios pueden recibir ingresos de varias formas:

  • Dividendos: proporcionales a la participación en el capital social, sujetos a retención del 19% en IRPF.
  • Retribución por servicios profesionales: honorarios sujetos a retención del 15% en IRPF.
  • Salario: por funciones de gestión y administración, con cotización a la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena.

La Sociedad Limitada Profesional (SLP) es una opción ideal para profesionales que desean ejercer su actividad de manera organizada, con seguridad jurídica y ventajas fiscales, cumpliendo siempre con los requisitos legales y colegiales que esta figura exige.

En Blegal, nuestro compromiso es ofrecer un servicio integral y cercano. Trabajamos con dedicación y energía para garantizar tu satisfacción, atendiendo cualquier necesidad legal, fiscal o laboral. Además, nuestra cartera de servicios va más allá de la gestoría tradicional, incluyendo administración de fincas y correduría de seguros, todo bajo un mismo equipo multidisciplinar.

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Foto de Nastuh Abootalebi en Unsplash

Preguntas frecuentes

Es una sociedad para que profesionales colegiados, como abogados, arquitectos, etc, puedan ejercer conjuntamente su actividad. 

Como mínimo el 51%, de modo que los socios profesionales tengan la mayoría.

Si, pero solo en casos de negligencia. 

Se debe constituir ante Notario y se inscribe en el Registro Mercantil y en el registro del colegio profesional correspondiente, ye l nombre debe finalizar con las siglas “SLP”.

Tributa por Impuesto de Sociedades al 25% y el primer año como empresa de nueva creación, podría tributar al 15%

Los socios pueden cobrar un sueldo, pueden facturar honorarios a la sociedad y pueden percibir divdendos.

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