Unificación de criterios en la Audiencia Provincial de Barcelona: Corte de suministros y ocupación de vivienda

El 7 de marzo de 2025, la Audiencia Provincial de Barcelona aprobó acuerdos clave para abordar la ocupación ilegal de viviendas. Se determinó que cortar suministros a ocupantes ilegales no será delito de coacciones y se exigirá la identificación de los ocupantes antes de archivar casos de usurpación. Estas decisiones buscan proporcionar mayor claridad y seguridad jurídica tanto a propietarios como a autoridades.

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El pasado 7 de marzo de 2025, los magistrados de las Secciones Penales de la Audiencia Provincial de Barcelona se reunieron para adoptar un conjunto de acuerdos clave en la lucha contra la ocupación ilegal de viviendas. Esta reunión, que se enmarca dentro de los esfuerzos por establecer una jurisprudencia coherente, trae consigo importantes cambios que afectan tanto a los propietarios de viviendas ocupadas como a la administración de justicia en la provincia de Barcelona.

Ocupación ilegal: el corte de suministros ya no será delito de coacciones

Uno de los puntos más destacados de esta unificación de criterios es la resolución sobre los cortes de suministros en viviendas ocupadas. Hasta ahora, muchos propietarios que decidían cortar el agua, la luz o el gas a los ocupantes ilegales de sus viviendas podían verse involucrados en un delito de coacciones. Sin embargo, el nuevo acuerdo establece que este acto ya no constituirá un delito penal, liberando a los propietarios de esa posible acusación.

Este cambio de perspectiva busca evitar situaciones en las que los propietarios, al ejercer su derecho a recuperar su propiedad, se veían expuestos a sanciones legales por tomar medidas que consideraban necesarias para salvaguardar sus derechos.

La identificación de los ocupantes será imprescindible para archivar casos de usurpación

El acuerdo también establece que, en casos de usurpación de propiedad, no podrá acordarse el sobreseimiento provisional del caso si no se ha identificado previamente a los ocupantes ilegales. Esto significa que la policía deberá realizar las diligencias pertinentes para identificar a los responsables antes de que el procedimiento judicial sea archivado. Este cambio busca evitar que se cierren casos sin que se haya realizado un esfuerzo mínimo por identificar a los infractores.

Este aspecto tiene una clara implicación práctica: los casos de ocupación no serán resueltos de manera precipitada, sino que se dará prioridad a la identificación de los responsables, lo cual incrementa la responsabilidad legal sobre aquellos que se apropian de propiedades ajenas sin el consentimiento de sus dueños.

Delitos de usurpación

El acuerdo también introduce una aclaración importante sobre los delitos de usurpación. Según la reforma de la Ley Orgánica 1/2025, solo se considera delito de usurpación el que está tipificado en el artículo 245.1 del Código Penal, de manera que cualquier ocupación que no se ajuste a este marco no será tratada bajo esa categoría. Esta especificación ayuda a los tribunales a tener un enfoque más claro y preciso sobre los delitos que están evaluando, lo que podría facilitar la resolución de casos complejos.

Prescripción de los delitos

Otro punto crucial abordado en esta reunión tiene que ver con la prescripción de los delitos. Se establece que el señalamiento de juicio oral por parte de los Letrados/as de la Administración de Justicia tiene la eficacia de interrumpir la prescripción de los delitos. Esta medida garantiza que el curso del proceso judicial no se vea afectado por demoras administrativas y, por tanto, se mantenga la validez de las acusaciones dentro de los plazos establecidos.

La Disposición Transitoria Novena de la LO 1/2025: Unificación en la Fecha de Incoación del Procedimiento Penal

Finalmente, el acuerdo aclara la interpretación de la Disposición Transitoria Novena de la Ley Orgánica 1/2025, que hace referencia a la fecha de incoación del procedimiento penal. Esto significa que la forma en que se inicia un procedimiento tiene implicaciones para su desarrollo, y este acuerdo ayuda a garantizar una interpretación uniforme de la ley entre los tribunales.

Este conjunto de decisiones no solo afecta a los casos de ocupación de viviendas en la provincia de Barcelona, sino que sienta un precedente importante para otras jurisdicciones. Los magistrados están dejando claro que, en situaciones de ocupación ilegal, la identificación de los responsables es esencial, y que los propietarios no deben ser penalizados por ejercer medidas legítimas para proteger sus bienes.

Este acuerdo refleja la voluntad del sistema judicial de adaptarse a las nuevas realidades sociales, ofreciendo respuestas claras y justas. En un contexto de creciente uso de desalojos exprés y medidas urgentes, resulta fundamental que la legislación mantenga coherencia y se alinee con los principios de justicia.

La consolidación de estos criterios contribuye a una jurisprudencia más clara y predecible, facilitando la actuación de ciudadanos y autoridades con mayor seguridad jurídica. En definitiva, este avance representa un paso importante hacia la resolución de un problema social complejo que ha generado tensiones significativas en el ámbito de la propiedad en España.

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Foto de Vladislav Bychkov en Unsplash

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