Aunque los 45 años son la edad en la que un trabajador/a está en la plenitud de su carrera profesional, a estos trabajadores/as les puede resultar complicado encontrar trabajo si por los motivos que sean dejan o se prescinde de ellos en el puesto que ya tienen. Actualmente la edad más demandada para nuevas vacantes está entre los 26 y los 35 años. Una vez se pasa de esta edad, las posibilidades de encontrar trabajo, a pesar del CV y la experiencia que se tenga, van disminuyendo.
Por ello, el Estado ha tomado algunas medidas en forma de subvenciones que promueven la contratación de este grupo de población.
Ahora, al contratar a una persona trabajadora mayor de 45 años, las pymes pueden beneficiarse de una bonificación de 1.300 euros anuales. Además, esta podrá ascender a 1.500 euros en sectores donde el trabajo es tradicionalmente desempeñado por hombres, y la persona contratada es una mujer.
Desde Blegal queremos hablar sobre las medidas que podríamos aplicar en nuestra empresa según la ley y sobre estas subvenciones al contratar a mayores de 45 años y os invitamos a abrir la mente y dejar de valorar candidatos sólo por datos estadísticos como edad o género, la diversidad también se mide en canas!
Reales decretos 818/2021 y 8/2019
Aunque la crisis económica ha agravado la cantidad de personas mayores de 45 años que están sin empleo, hace años que se aprobaron varias normativas nacionales y autonómicas que incorporan beneficios y ayudas para la contratación de personas mayores de 45 años.
La primera es el Real Decreto 818/2021: regula los programas nacionales de activación para el empleo. Su objetivo es ‘evitar discriminaciones por razón de edad’. La entrada en vigor de la reforma laboral no ha eliminado estas ayudas.
Si tienes 45 o más años, estás trabajando actualmente y te ofrecen un contrato indefinido, la empresa tiene derecho a una subvención de 5.500€. Si eres una mujer, una persona con discapacidad o perteneces a cualquier colectivo vulnerable que determine el SEPE, la cifra asciende a 6.000€.
También necesitas conocer el Real Decreto Ley 8/2019. En éste se incluyen ayudas a la contratación a parados de larga duración. La empresa que contrate a una persona parada de larga duración (tiene que llevar al menos 12 meses buscando trabajo y no haber trabajado en ese tiempo) se ahorra 108 € al mes (125 € si la persona es una mujer) en impuestos. Si es tu caso, la condición que debes cumplir es haber estado inscrito/a como demandante de empleo al menos 12 meses, de los 18 anteriores al alta.
Bonificaciones para parados de larga duración
Para una empresa considerada pequeña (menos de 50 empleados/as), contratar a una nueva persona supone una inversión costosa. Por ello, puede recurrir a las ayudas que supone contratar a un trabajador/a mayor de 45 años parado/a de larga duración. La empresa puede aplicarse una bonificación de hasta 1.300€ por año si contrata a un hombre y hasta 1.500€ si contrata a una mujer que vaya a trabajar en un sector en el que no suelan trabajar mujeres (baja representación).
Esta bonificación se aplicará durante 3 años si se mantiene el nivel de empleo total alcanzado con esa contratación. El nuevo trabajador/a debe mantener su puesto como mínimo 2 años. Si se incumple alguna de estas condiciones, la empresa deberá devolver todos los beneficios que se le hayan aplicado.
Subvenciones por contratación de trabajadores mayores de 45 años con discapacidad
Las personas mayores de 45 años con alguna discapacidad son las que más complicado tienen encontrar y acceder a un puesto de trabajo. Para favorecer la contratación de este grupo social, el Estado ofrece subvenciones de hasta 5.700€ anuales. Este dinero va destinado a las empresas que contraten a trabajadores de este tipo de manera indefinida.
La subvención puede llegar a los 6.300€ si la discapacidad es mayor, y ésta se mantendrá vigente mientras dure el contrato del trabajador/a. Si a la misma persona le generan un contrato temporal, las bonificaciones pueden ir desde los 4100€ anuales si se contrata a un hombre y 4700€ anuales si es una mujer. La cantidad puede ascender hasta los 4700€ anuales si la persona contratada es un hombre con discapacidad severa o 5300€ anuales si es una mujer. La bonificación no se perderá mientras el contrato siga en vigor.
También existen bonificaciones por contratar a mayores de 45 años con contratos temporales. Las subvenciones son de entre 4.100€ y 5.300€. Variarán en función de las particularidades de cada situación.
Contratación de personas mayores de 52 años
Para poder beneficiarse de esta bonificación, la empresa debe contratar a jornada completa y con un contrato indefinido a una persona mayor de 52 años que esté recibiendo un subsidio de desempleo.
La bonificación anual en este caso será de 1.500€. El trabajador/a podrá combinarlo con el cobro de una parte del subsidio en cuestión.
Contratación de personas mayores de 65 años
Para este caso existen 2 perfiles:
- Una persona mayor de 65 años que lleva cotizando de manera efectiva en la Seguridad Social 38 años y 6 meses.
- Una persona de 67 años con 37 de cotización con un contrato indefinido.
Si la empresa contrata a una persona que encaje con estas características, se beneficiará de una reducción del 100 % en la cuota empresarial que paga por contingencias comunes.
Contratación en proyectos de emprendimiento
Con el objetivo de fomentar la contratación, el crecimiento y que el emprendimiento aparezca de forma más equilibrada, se puso en marcha una nueva iniciativa. Si un proyecto nuevo de emprendimiento contrata de forma indefinida a un trabajador/a de más de 45 años, se aplica una reducción de 100 % en la cuota de la Seguridad Social durante el primer año.
Conciliación de la vida personal, laboral y familiar
Si una empresa contrata a una persona que puede beneficiarse de prestaciones por desempleo para sustituir al trabajador/a, se podrá aplicar una reducción del 95% en la cuota por contingencias comunes durante el primer año y mientras dure la excedencia. El segundo y tercer año se aplicará, respectivamente, una reducción del 60% y 50% en las contingencias comunes.
Las bonificaciones para los contratos de interinidad para sustituir a trabajadores/as durante las bajas por maternidad, adopción, acogimiento, paternidad o riesgo durante el embarazo o la lactancia continúan vigente. En estos casos se aplicará una bonificación del 100% de la cuota empresarial y recaudación conjunta, tanto del trabajador/a sustituido/a, como del interino/a contratado/a. Ésta podrá aplicarse mientras se extienda el período de sustitución.
Subvenciones al contratar a mayores de 45 años: entrada en vigor
Algunas de estas medidas ya están en vigor, otras según el RDL 1/2023 DE 10 ENERO DE 2023 no lo estarán hasta el 1-9-2023. Cuando por un lado:
- Se aplica una bonificación de 138 euros/mes durante 2 años a la contratación indefinida de trabajadores mayores de 55 años con incapacidad permanente reincorporados a su empresa en otra categoría -siempre que no tuvieran derecho a la reincorporación al puesto-, o que recuperan su capacidad y son contratados por otra empresa.
- Se modifica la bonificación en la cotización de estos contratos, que pasa a ser de 138 €/mes durante 2 años, siempre que no tuvieran derecho a la reincorporación al puesto.
Nuestro equipo de graduados laborales siempre están al día de las bonificaciones y ayudas a la contratación y puedes darte el mejor asesoramiento.
Ventajas de contratar a una persona mayor de 45 años
Además de las subvenciones por contratar a personas mayores de 45 años, existen otras ventajas que hacen de este sector de la población el perfecto candidato/a para un puesto de trabajo:
- Económicas: además de las subvenciones existentes, contratar a mayores de 45 años ofrece una serie de ventajas económicas a tener en cuenta. Se puede llegar a recibir una bonificación de hasta 6.300 euros anuales.
- Experiencia: la experiencia es uno de los datos que más se valoran entre los candidatos/a a un posible trabajo. Una persona mayor de 45 años ofrecerá una mayor experiencia profesional y personal, ya que normalmente contarán con más de 20 años de trabajo a sus espaldas.
- Ciclo vital: pasada la crisis de la mediana edad y los años más intensos de crianza de hijos las personas de esta franja de edad están en disposición de crecer de forma profesional con un taraná que puede ser de gran valor en un entorno de trabajo.
- Menos necesidades de formación. Todos estos años de experiencia hacen que estos trabajadores/as a menudo necesitan menos formación para el trabajo que llevan toda la vida ejerciendo. Se adaptarán a la perfección a su nuevo empleo y tendrán rendimiento inmediato desde el primer día.
- Mayor compromiso. Por norma general, este grupo de edad se caracteriza por un mayor compromiso con la empresa, así como una mayor profesionalidad y responsabilidad. Estas características se deben a que suelen ser personas con una mayor estabilidad emocional, totalmente independientes y con las cosas más claras que los trabajadores/as más jóvenes.
Otras ayudas
Estas subvenciones para contratar a personas mayores de 45 años también contemplan ayudas para aquellas personas que desean poner en marcha un negocio. Si quieres hacerte autónomo/a puedes recibir una ayuda de hasta 7.500€. La cantidad depende de las dificultades de inserción que establezca el SEPE. Si lo que quieres es ser director/a de una compañía, también existen subvenciones para ayudar a financiar las inversiones que se necesitan para la puesta en marcha de una empresa.
Pongamos un ejemplo: tienes más de 45 años y quieres crear una empresa. La subvención cubrirá hasta los 4 puntos del interés que te pida el banco para la creación de una empresa. También puedes elegir que cubra el 75% del coste de los servicios de consultoría, si los necesitas. La cuantía máxima sería de 2.000€. O si lo prefieres, puedes pedir una subvención de hasta el 75% de los costes de formación (hasta 2.400€). Además, si hiciese falta, las empresas que te contraten podrán recibir subvenciones para la formación necesaria para reciclar tus conocimientos.
Conclusiones
Las dificultades a las que se enfrentan las personas mayores de 45 años a la hora de buscar trabajo son muchas. Es por ello por lo que existen las subvenciones para la contratación de este sector de la población. Tanto la empresa como el trabajador/a pueden beneficiarse de ellas.
Cada comunidad autónoma tiene sus propios incentivos para la contratación de los mayores de 45 años. Hay ocasiones en las que estas medidas son compatibles con las de la administración central. Aún así, normalmente no pueden sobrepasar el 100% de la bonificación.
Si, como persona mayor de 45 años sin trabajo, tienes en mente alguna de estas opciones, lo mejor es que acudas a la oficina de Empleo más próxima y confirmes qué beneficios son aplicables en tu caso. Puede suponer la diferencia entre que te contraten o no. Si tienes alguna otra duda puedes ponerte en contacto con nuestro equipo, que estará encantado de poder atenderte sobre cualquier pregunta de materia legal.
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